Se avecinan ligeros cambios en los procedimientos de la ITV tras los cambios que se aprobaron en un nuevo reglamento de ejecución el pasado 17 de abril por la Comisión Europea. ¿En qué van a consistir? Para los conductores y conductoras no supondrá un cambio real, ya que es una normativa que obligará a los fabricantes a suministrar a los centros de ITV y talleres la información técnica sobre el vehículo para identificar más rápidamente cualquier problema o modificación.
Facilitar la revisión en la ITV
Así, a partir de 2020 los fabricantes proporcionarán información relativa a los equipos de frenado, las luces, los dispositivos reflectantes, la dirección y el equipo eléctrico, los airbags, cinturones de seguridad… etc en formato digital y con arreglo al número de identificación del vehículo.
Esto supone una ampliación del reglamento del pasado mayo, que hacía obligatoria la lectura del sistema de control OBD con el que se recuperan los datos de la centralita para saber si se han hecho modificaciones que no deberían hacerse.
Desde la Comisión Europea entienden que, al tener más datos sobre el estado del vehículo, se tenderá a facilitar el proceso de la inspección técnica periódica (ITV) de los vehículos a motor, ya que será mucho más sencillo detectar cualquier fallo en el sistema y asegurarse de que el resultado es el correcto.
¿A qué vehículos afecta?
Este reglamento solamente afecta a los vehículos matriculados o puestos en servicio por primera vez en un estado miembro de la Unión Europea desde el 20 de mayo de 2018
Los fabricantes que no hayan proporcionado a los conductores los datos de su vehículo, lo harán poco a poco en el periodo de adaptación que concluye el 20 de mayo de 2020. Por otro lado, los nuevos vehículos matriculados en los países de la Unión Europea recibirán esta documentación en un plazo de 6 meses desde la matriculación.
El Reglamento establece excepciones en el caso de los vehículos individuales, de series cortas o de tipo nacional de series cortas; mientras que en el caso de los vehículos que hayan recibido una homologación de tipo por etapas, mixta o multifásica, el fabricante responsable de la fase específica de la construcción deberá comunicar al fabricante final la información técnica del sistema, componente o unidad independiente; y éste se la suministrará a los centros de inspección y a las autoridades.
Puedes consultar todas las excepciones en este enlace.
Hacia una ITV digitalizada
En general podemos decir que esta normativa supone un paso más allá en la digitalización de las pruebas de la ITV. Así se consigue una mayor eficiencia en los tiempos para realizar el diagnóstico al tener todos los datos del vehículo al alcance.
Por otro lado, este tipo de inspección va enfocado a identificar rápidamente las trampas y modificaciones ilegales que algunos conductores realizan en sus vehículos y que, muchas veces, eran imperceptibles con las inspecciones tradicionales.
Aun así, al tener en España un parque de vehículos tan antiguo (una media de 12 años de edad), no serán tantos los conductores afectados ya que esta última ampliación solamente será obligatoria para los vehículos matriculados a partir de 2018.