¿Cada cuánto hay que pasar la ITV?

La periodicidad para pasar la ITV varía en función del tipo de vehículo que tengamos, ya que no es la misma para un coche, una moto o un camión. Por otro lado, también influye el uso al que esté destinado un vehículo, por ejemplo, una furgoneta de reparto tendrá que pasar inspección antes que un coche particular.

El otro punto que tendremos que tener en cuenta para saber cada cuanto hay que pasar la ITV, sobretodo para nuestra primera revisión, es la fecha en la que se matriculó el vehículo (este dato figura en el permiso de circulación).

La matriculación del vehículo es la fecha de referencia a partir de la que se tienen en cuenta el resto de periodicidades, y así podremos deducir cuándo tendremos que realizar nuestra ITV. En el caso de que ya hayamos pasado alguna ITV a nuestro vehículo, en la ficha técnica podremos comprobar la fecha límite que tenemos hasta la siguiente revisión.

A continuación os resumimos las más habituales:

 Ciclomotores

1ª matriculación
Menos de 3 años
Más de 3 años
Periodicidad
Exento
2 años

Motocicletas, cuadriciclos y quads

1ª matriculación
Menos de 4 años
Más de 4 años
Periodicidad
Exento
2 años

 Turismos particulares

1ª matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periodicidad
Exento
2 años
1 año

 Vehículos ligeros (hasta 3.500 kg)

1ª matriculación
Menos de 2 años
De 2 a 6 años
De 6 a 10 años
Más de 10 años
Periodicidad
Exento
2 años
1 año
6 meses

 Vehículos pesados (más de 3.500 kg)

1ª matriculación
Menos de 10 años
Más de 10 años
Periodicidad
1 año
6 meses

 Autobuses

1ª matriculación
Menos de 5 años
Más de 5 años
Periodicidad
1 año
6 meses

 Ambulancias

1ª matriculación
Menos de 5 años
Más de 5 años
Periodicidad
1 año
6 meses

Caravanas > 750 kg MMA

1ª matriculación
Menos de 6 años
Más de 6 años
Periodicidad
Exento
2 años

 Autocaravanas

1ª matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periodicidad
Exento
2 años
1 año

 Vehículo agrícola

1ª matriculación
Menos de 8 años
De 8 a 16 años
Más de 16 años
Periodicidad
Exento
2 años
1 año

Vehículo Especial

(obras y servicios ≥ 25km/h)

1ª matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periodicidad
Exento
2 años
1 año

Las frecuencias de inspección a las que se han de someter los vehículos, se establecen en el Artículo 6, del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre y sus modificaciones publicadas en el Real Decreto 711/2006.

Y tú ¿sabes ya cada cuanto hay que pasar la ITV a tu vehículo? Por tu seguridad y la de los demás no lo dudes y encuentra tu ITV más cercana ¡al mejor precio!