El pasado 20 de octubre el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se flexibilizan algunos aspectos de la normativa de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para aplicar la normativa Europea, que entrará en vigor el próximo 20 de Mayo de 2018.
Pero ¿cómo afectan estos cambios a los propietarios de vehículos que van a pasar la ITV?
- Se podrá pasar la ITV en otra estación aunque el resultado sea desfavorable o negativo. Hasta ahora había que volver a la ITV en la que habíamos suspendido, lo que en ocasiones suponía desplazamientos innecesarios. De este modo se facilita la movilidad a la hora de pasar la ITV aunque sea fuera de nuestra comunidad.
- Si pasas la ITV unos días antes del día que caduca la ITV, no se modificará la fecha prevista para la siguiente. Si tu ITV se caducaba el 20 de abril y la pasabas el 12 de abril, la próxima inspección sería fijada al 12 de abril del siguiente año (o del plazo que correspondiese). Con esta nueva medida se mantendrá la fecha inicial (20 de abril en este caso) siempre que se pase por adelantado y con un plazo de máximo de un mes (osea que si eres demasiado previsor y quieres pasarla el 18 de marzo, sí se obligaría a hacer ese reajuste de fecha)
- Se obliga por primera vez a las estaciones a disponer de herramientas de lectura de diagnóstico que se conectan con los ordenadores de a bordo de los vehículos. De este modo se pretende agilizar trámites manuales y supone un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y la mejora del control de emisiones.
- Se favorecerá el intercambio de información entre las diferentes ITV y la Administración Pública. Así, se consiguen agilizar trámites como el traslado de expediente de vehículos.
Aunque supone algunas facilidades para el usuario, sigue sin establecerse un margen de gracia en caso de que la ITV caduque. También sigue siendo obligatorio el llevar la pegatina el parabrisas o en un sitio visible en el caso de las motos y quads.
¿Qué otras medidas se aplican para las estaciones de ITV?
El resto de medidas van enfocadas a mejorar la calidad del servicio, estableciendo nuevos requisitos que se deben satisfacer en las estaciones de ITV en cuanto a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos. El objetivo es contribuir de una forma más eficiente a la mejora de la seguridad víal y a la protección del medio ambiente identificando los vehículos más contaminantes.
Por otro, establece la obligatoriedad de acreditación de las ITV como entidad de inspección atendiendo a la norma internacional UNE EN/ISO 17020. La norma también actualiza los requisitos de cualificación del personal e incorpora la formación a distancia. Para los inspectores se exige por primera vez la titulación de Técnico Superior de Automoción, como nivel mínimo.
La adecuación al marco legislativo europeo con esta transposición de la Directiva 2014/45/UE de 3 de abril de 2014, y de la 2014/46/UE de misma fecha, permitirá el reconocimiento del certificado de la inspección técnica periódica emitido por otros Estados miembros cuando se produzca un cambio de titularidad de los vehículos; es decir, cuando el usuario lo haya comprado en el extranjero y lo matricule en España