El próximo mes de Noviembre se pondrá en marcha Madrid Central con restricciones de tráfico que buscan reducir un 40% la emisión de dióxido de nitrógeno en el centro de la ciudad.
Se trata de la medida más importante del Plan A e Calidad del Aire y Cambio Climático que es necesaria para conseguir rebajar la contaminación proteger la salud pública, además, con la implantación de este plan se ha conseguido que la Comisión Europea no denuncie a España por superar los niveles fijados en la normativa.
La medida eliminará el tráfico de paso en Madrid, que supone un 20% del total y sumado con el resto de medidas se pretende conseguir un a reducción del 37% de los kilómetros recorridos en el distrito de Centro, en especial con la prohibición de los vehículos más contaminantes.
¿Cuál será el área afectada?
Madrid Central es una gran área de acceso restringido, de 472 hectáreas, con prioridad residencial y en la que se favorecerá la movilidad peatonal y ciclista y el transporte público.
Englobará las actuales áreas de prioridad residencial de Letras, Cortes, Embajadores y Ópera, y sumará al completo los barrios de Justicia y Universidad, es decir, comprenderá casi la totalidad del distrito de Centro.
Estará delimitada por las calles Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, Sagasta, glorieta de Bilbao, Génova, plaza de Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, glorieta de Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover.
Estarán restringidos los accesos a la circulación en las calles situadas dentro de dicho perímetro a excepción de las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras, Cuesta Ramón, Ventura Rodríguez y Duque de Liria, por motivos de ordenación del tráfico al no existir alternativa a estas vías.
¿Quién podrá acceder al área de Madrid Central?
Esta área mantendrá un acceso restringido y se permitirá la circulación teniendo en cuenta el tipo de vehículo y los distintivos ambientales de la DGT. Es importante saber que no habrá vías de libre circulación, es decir que se eliminará el tráfico de paso para disminuir los niveles de contaminación atmosférica y acústica concediendo también más espacio al peatón..
A esta área solo podrán acceder y circular libremente:
- Vehículos de residentes empadronados
- Vehículos para personas con tarjeta de movilidad reducida
- Vehículos con etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico Cero o ECO
- Bicicletas
- Vehículos de los servicios públicos esenciales, sanitarios y de emergencias.
También podrán acceder, si tienen etiqueta ambiental:
- Los taxis, y los vehículos de arrendamiento con conductor con servicio previamente contratado en la zona
- Los vehículos que presten servicios a la zona
- Las motocicletas y los ciclomotores
- Podrán circular los vehículos que accedan a aparcamientos de rotación situados dentro del área siempre que dispongan de distintivo medioambiental de la DGT.
¿Podrán acceder los NO residentes en Madrid?
Existen algunos casos en los que los que los no residentes pueden acceder:
- Si tienen una invitación solicitada por un residente
- Si el vehículo dispone de las etiquetas ECO y Cero.
- Los vehículos con distintivo B o C pueden acceder solamente para ir a un garaje o aparcamientos públicos.
- Motocicletas y ciclomotores con etiqueta CERO y ECO.
- Las motocicletas y ciclomotores con el distintivo ambiental B o C podrán acceder ente las 7 horas y las 22 horas.
- Los propietarios o titulares de plazas de garaje dentro de Madrid Central podrán acceder a sus plazas con cualquier vehículo hasta 2020, cuando será obligatorio tener distintivo ambiental.
- Los taxis y vehículos VTC podrán acceder pero solamente hasta 2025, a partir de entonces solo pueden hacerlo con etiquetas ECO y Cer
Los vehículos que no tengan ningún distintivo ambiental ni una invitación no podrán acceder en ningún caso al área de Madrid Cental.
Para los vehículos comerciales o de empresas se establece un horario de acceso con diferencias en función de la tecnología del vehículo. Los ligeros, menos de 3.500 kilos, sin distintivo ambiental no podrán acceder a la APR y el resto podrán hacerlo en un horario predeterminado en función de su contaminación.
Los residentes podrán solicitar hasta 20 invitaciones al mes para otros vehículos, que podrán estacionar en la zona SER durante dos horas como máximo o en un aparcamiento sin límite de tiempo. Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a Madrid Central en 2020. Las invitaciones se tramitarán a través de la web, la app de Madrid Central o Twitter, sistema que ya funciona con las actuales APR.