En estos días de incertidumbre, sois muchos y muchas los que nos preguntáis qué pasa con la ITV ¿hay que seguir yendo a las estaciones a hacer la inspección? ¿están abiertas? ¿me pueden multar?
Tras unos días de incertidumbre, desde el día 18 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso, TODAS las estaciones de ITV deberán permanecer cerradas.
Los plazos administrativos, que incluyen las inspecciones técnicas de vehículos, quedan en suspensión desde el 14 de marzo, día que entró en vigor el Real Decreto 463/2020
Por tanto
Así lo ha comunicado la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) en su cuenta oficial de twitter
🔴 Última hora #COVID19 información del Ministerio de Industria, Comercio y Energía @mincoturgob:
— AECA-ITV (@AECA_ITV) March 17, 2020
“La obligación de pasar inspecciones técnicas prescritas en la reglamentación queda suspendida, de forma excepcional” (1/2)
“De conformidad con la disposición adicional 3º del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los plazos que imponga la administración para efectuar inspecciones quedan suspendidos”
— AECA-ITV (@AECA_ITV) March 17, 2020
Todas las #ITV de España deben cesar su actividad temporalmente por el #COVID19
— AECA-ITV (@AECA_ITV) March 17, 2020
Algunas dudas frecuentes que nos habéis planteado:
¿Hay margen de días si se me caduca la ITV en el Estado de Alarma?
Sí, según lo indicado en la disposición tercera del Artículo 20 del Real Decreto 463/2020 por el que se suspenden los plazos administrativos:
Aunque las estaciones de ITV son empresas privadas en la mayoría de comunidades (salvo en Andalucía), sí siguen dependiendo de la administración pública (autonómica o local)… por lo que los plazos quedan en suspensión hasta que se acabe el Estado de Alarma o hasta que así lo indiquen las autoridades.
Es decir, si a un vehículo se le cumple la ITV durante los días en los que el Estado de Alarma esté activo, entendemos que quedaría aplazado hasta que este se dé por finalizado y no le pondrían multa.
¿Me cubrirá el seguro en caso de que tenga un accidente con la ITV caducada?
Sí. Como los plazos quedan en suspensión, tampoco se contaría en las aseguradoras ya que simplemente se aplaza por el estado de excepción.
De todas formas, recuerda que no debes coger tu vehículo a menos que sea imprescindible y solo debe hacerse para los casos establecidos.
¿Pasar la ITV es un desplazamiento permitido?
No. No está dentro de los motivos en los que está permitido el desplazamiento. Esto significa que si coges el coche para ir a la ITV te podrían multar y, además, la ITV estará cerrada… así que mejor quédate en casa.
Tengo la cita ya reservada ¿tendré problema para fijar una cita después?
En algunas comunidades, la cita previa tiene bastante demora y puede ser un problema fijar una nueva cita. Se espera reforzar el sistema cuando se vuelva a abrir al público, por lo que se pondrán todos los esfuerzos necesarios para que los usuarios puedan pasar las inspecciones dentro de un margen lógico.
Las citas que se habían gestionado a través de tumejoritv.com se podrán cambiar de día y hora sin coste adicional. Cuando todo vuelva a la normalidad, nos pondremos en contacto contigo. También puedes escribirnos a info@tumejoritv.com para que, junto con la estación de ITV, busquemos la fecha más cercana para que puedas realizar el trámite una vez termine el estado de alarma.
Compré un ticket online y me ha caducado
Si el ticket es de tumejoritv.com, no te preocupes porque vamos a ampliar la caducidad de los tickets para que ninguno se pierda en estos días. Si, por lo que sea, quieres que hagamos la devolución del importe también puedes solicitarlo enviando un email a info@tumejoritv.com.
Si lo has comprado en otra empresa, ponte en contacto con ellos ya que seguramente su política de caducidad sea similar.
¿Qué plazo tendré para pasar la ITV una vez que se levante el Estado de Alarma?
Aún no está claro, pero según AECA-ITV, en principio será el mismo plazo que se tenía antes de decretar el estado de alarma. Es decir, si esto finalmente es así y si tenías la ITV el día 20 de marzo, cuando se levante el estado de alarma tendrías días para pasarla (se decretó el 15, por lo que faltaban 5 días para el 20).
Este supuesto es con la información actual, pero seguramente se deje un plazo más amplio para reorganizar las citas.
En el caso de un transportista internacional, ¿puede ser paralizado en otro país al no llevar la ITV en regla?
La suspensión del plazo es para los vehículos españoles (matriculados en España), por lo que no debería haber problema en caso de que cruces las fronteras.
¿Es necesario tener un justificante de cita de la ITV para demostrar que había intención de pasarla?
No, no hace falta. El plazo está suspendido por la administración así que no tienes que enseñar ningún tipo de justificante como se hace en otros supuestos como el DNI.
Si tuve la ITV desfavorable pero ya he corregido los defectos graves ¿puedo utilizar ese vehículo ya que las ITV no están abiertas durante el estado de alarma?
La información oficial por parte de AECA -ITV es la siguiente:
Los vehículos a los que se efectuó una inspección con al menos con un defecto grave, están inhabilitados para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable, en virtud del artículo 11.2 del Real Decreto 920/2017 de 23 de octubre.
De conformidad con la disposición adicional 3º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el cómputo del plazo de 2 meses para someterse a una nueva inspección queda suspendido en tanto este en aplicación el estado de Alarma. No obstante, la subsanación de defecto inhabilitante, solo podrá acreditarse tras efectuar una nueva inspección de los elementos defectuosos, tal como establece el artículo 11.6 del Real Decreto 920/2017. Por lo tanto, si no se produce dicha inspección el vehículo, permanece inhabilitado para circular, en lo que se refiere a su estado de inspección técnica. No está prevista ninguna excepción a este respecto.
Por lo tanto, no, no puedes utilizar ese coche o moto pero si aún estabas dentro de los dos meses de plazo para la reinspección sí quedará suspendido hasta que se levante el Estado de Alarma.
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