¿Se ponen multas de tráfico durante el estado de alarma? ¿Como se paga o recurre si los plazos están en suspensión?

Aunque se han decretado algunas excepciones en las multas durante el estado de alarma como la caducidad de la ITV o del permiso de conducir… la mayoría de infracciones de tráfico siguen siendo penadas.

Eso sí, hay ciertas cosas sobre los plazos para pagarlas y recurrirlas que tienes que saber.

Sí, se ponen multas de tráfico durante el Estado de Alarma

Durante estos días parece preocuparnos más las multas por saltarse el confinamiento que las multas por comportamientos inadecuados en la carretera. Y no son pocos los que siguen cometiéndolas.

No te multarán porque se te haya caducado la ITV o el carnet de conducir, pero si vas a 90 por una carretera de 50, te va a caer una multa igualmente. Por mucho que haya menos afluencia de vehículos según los datos de la DGT, sigue siendo necesario respetar las señales en la carretera ¡no lo olvides!

¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa en el Estado de Alarma? ¿y para recurrir una multa durante la cuarentena?

Como ya sabes, los plazos administrativos están en suspensión. Si te notifican la multa durante el Estado de Alarma, no se empezarán a contar en ese momento los 20 días para recurrirla o pagarla con descuento. Según lo indicado en el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, los plazos empezarán a contar cuando se levante el Estado de Alarma.

Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos.

1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. 

2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

4. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Disposición adicional cuarta. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

¿Voy a recibir la multa durante el Estado de Alarma si está todo paralizado?

Una multa te la pueden notificar en mano en el momento de recibirla, en tu domicilio por correo certificado o en casos en los que no se encuentre al infractor, en el BOE. Correos sí sigue haciendo envíos de este tipo de trámites, por lo que es posible que te llegue (además no tendrás excusa porque estarás en casa para recibirla). Pero si no te llega, no pienses que te has librado, porque los plazos tampoco cuentan para la administración.

Cuando nos ponen una multa por una infracción leve, debe ser comunicado en el plazo de 3 meses. Y si es una infracción grave, tienen hasta 6 meses para comunicárnoslo.

Esos plazos se empezarán a contar igualmente cuando se levante el estado de alarma.

Por tanto, lo mejor es seguir teniendo precaución y prudencia al volante y no cometer infracciones para no te lleguen multas durante el Estado de Alarma y no tener que estar pendientes de plazos. Ahora más que nunca ¡no te la juegues!

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