¿Puedo aparcar en mi propio vado de aparcamiento?

No. No se puede utilizar un vado propio como un aparcamiento.

Un vado es una licencia destinada a la entrada y salida de vehículos de una propiedad, por lo que no se puede ocupar ni con tu propio coche.

¿Qué es un vado?

Los vados permanentes son espacios reservados a la entrada y salida de vehículos desde una propiedad. Es una licencia que se concede desde la administración y que permite reservar un tramo de vía pública para ello.

En un vado está prohibido aparcar durante todo el año y en cualquier hora. A diferencia de los tramos de carga y descarga, no se distingue entre festivos, horarios laborales… Los vados son espacios reservados a que el propietario pueda entrar y salir en cualquier momento y sin obstáculos.

Normalmente están destinados a entradas y salidas de garajes privados o públicos y locales comerciales.

¿Por qué no puedo aparcar en mi propio vado?

Como hemos indicado, los vados no son un trozo de calle propiedad del usuario como si fuera un aparcamiento privado. Son un espacio de la vía pública reservada a la entrada y salida de un inmueble (ya sea un lugar de trabajo o una vivienda particular).

El uso del vado ser regula según el Real Decreto 1428/2003 del 21 de noviembre sobre el Reglamento General de circulación:

Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente. 

Por tanto, aparcar en un vado (sea tuyo o no) se considera una infracción y la grúa podría llevarse tu vehículo en cualquier caso. Además, vendrá acompañado de una sanción de 200€, aunque no te quitarán puntos del carné de conducir.

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