Los espejos retrovisores son uno de los componentes fundamentales de cualquier vehículo. Son una extensión de nuestros ojos, ya que nos permiten conocer la situación del tráfico, sobre todo lo que ocurre por detrás de nosotros.
Pero ¿cuántos son realmente obligatorios? ¿puedo circular si me falta uno de ellos? ¿hay alguno más obligatorio que otro? Vamos a tratar de sacarte de dudas
Cuántos retrovisores son obligatorios según la DGT
La normativa de la DGT especifica que un automóvil debe contar con dos espejos retrovisores para circular legalmente en España: uno en el lado izquierdo, ubicado en el exterior del vehículo, y otro central, posicionado sobre el salpicadero en el centro del habitáculo.
El espejo derecho es opcional, aunque muchos coches lo incluyen de serie. En caso de remolcar un trailer, se vuelve obligatorio contar con el espejo derecho.
¿Cuál es la multa por no llevar uno de los espejos obligatorios?
La falta de uno de los dos retrovisores obligatorios puede resultar en una sanción de hasta 200 euros, con la posibilidad de un descuento del 50 % por pronto pago. Aunque no conlleva la pérdida de puntos del carnet de conducir, los agentes de tráfico podrían inmovilizar el vehículo si consideran que la ausencia de retrovisor representa un peligro para la seguridad vial.
¿En la ITV tendré problemas si me falta un retrovisor?
En relación con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), la normativa considera como defecto grave llevar espejos rotos cuando son obligatorios, la ausencia de retrovisores reglamentarios, ubicación incorrecta o altura no reglamentaria. La visibilidad trasera se vuelve crucial, y los retrovisores exteriores son obligatorios en caso de su falta.
Los defectos leves que se tendrán en cuenta en la inspección incluyen espejos rotos en retrovisores opcionales y sujeciones defectuosas, aunque sin riesgo de caída. Se recomienda reparar los retrovisores rotos para mantener la visión clara y garantizar la seguridad de los demás conductores.